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Sentencia de la AN 46/2017 de 30 de enero de 2017 (ROJ: SAN 240/2017)
Familia georgiana en la que el cabeza de familia participó en la guerra de 2008 contra los rusos alistado en las fuerzas especiales georgianas, participando en episodios de guerra sucia (reconociendo matanzas y desapariciones sistemáticas y conscientes de adversarios), motivo por el que es perseguido por las nuevas autoridades de su país una vez producido un cambio de gobierno.
La Administración aplica la cláusula de exclusión del artículo 1F de la Convención de Ginebra haciendo uso de las directrices del ACNUR.
“Estos hechos hay que evaluarlos a la luz de lo establecido en las Directrices sobre protección internacional no. 5: La aplicación de las cláusulas de exclusión: El artículo 1F de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, de 4 septiembre 2003, elaboradas por el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)”
OBSERVACIONES: Las Directrices de Protección Internacional del ACNUR, en general, y las de aplicación de las cláusulas de exclusión, en particular, constituyen una herramienta muy útil que la Administración debe seguir usando.
El comentario a esta sentencia se encuentra en el boletín de jurisprudencia de protección internacional de CEAR