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AUTO DEL TS DE 21 DE JULIO de 2016 (roj: ATS 7781/2016)
– Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Valverde
Una persona que dice haber salido de su país de origen (Senegal) en 2006 y que en 2015 en el CIE pide protección internacional.
Se considera que su nacionalidad no queda probada.
“La falta de aportación de documentación alguna que sirviera para acreditar su identidad ni su nacionalidad senegalesa, sin haber explicado los motivos para ello, ni haber intentado siquiera instar prueba alguna a este respecto en el recurso seguido en la instancia, no considerando probada la Sala la alegada nacionalidad del actor”
Se tiene en cuenta que no explica la razón por la que espera hasta estar en el CIE para formalizar una solicitud de protección internacional.
“Habiendo afirmado salir de su país de origen en 2006 no hubiese sentido la necesidad de solicitar protección, ni en España ni en Francia (país al que afirmó viajar “por turismo” en 2010 y en 2013), hasta el año 2015, tras haber sido ingresado en un CIE para facilitar su expulsión”
Se estima que su homosexualidad no queda probada por no haber propuesto ningún tipo de prueba. El TS propone la declaración testifical de la pareja sentimental como medio probatorio idóneo para probar la homosexualidad.
“Respecto de su alegada homosexualidad, la pasividad probatoria del interesado, al no haber solicitado por ejemplo la declaración como testigo de quien dijo ser su novio en el momento de presentar la solicitud de protección, no habiendo efectuado tampoco la más mínima referencia a su condición de homosexual ni a ningún otro motivo concreto como causa de su temor a regresar a Senegal cuando estuvo en presencia de la autoridad judicial y antes de que ésta ordenara su internamiento en el CIE”
El comentario a esta sentencia se encuentra en el boletín de jurisprudencia de protección internacional de CEAR, disponible online en: https://www.cear.es/sections-post/servicio-juridico/